El Salto de Obstáculos
Las Penalizaciones

Según la normativa vigente en la publicación de este documento (01-05-2.003)

Durante un recorrido se incurre en penalización por:

Obstáculo Derribado

1. Un obstáculo se considera derribado cuando por la falta de un caballo o del jinete cuando:

  • La totalidad o la parte más alta del mismo plano vertical del salto cae, aún cuando fuera detenida en su caída por otra parte del obstáculo.
  • Al menos uno de los extremos no descansa en cualquier parte de su soporte.

2. Tocar o desplazar cualquier parte de un obstáculo o sus banderas, en el sentido que sea durante el salto, no cuenta como derribo del obstáculo. En caso de duda, el Jurado de campo decidirá a favor del participante. El derribo o desplazamiento de un salto y/o bandera como consecuencia de una desobediencia se penalizará únicamente por el rehuse.
En el caso de desplazamiento de cualquier parte de un obstáculo (excepto sus banderas), se tocará la campana y se detendrá el cronómetro mientras se repone el salto. Esto no se considera derribo y se penaliza como una desobediencia efectuando la consiguiente corrección de tiempo.

Obstáculos Verticales y Obstáculos de Fondo:

  • Cuando un obstáculo o parte de un obstáculo está compuesto de varios elementos superpuestos y situados en un mismo plano vertical solamente penaliza la caída del elemento superior.
  • Cuando un obstáculo de fondo que necesita un solo esfuerzo está compuesto de elementos no situados en el mismo plano vertical, la caída de uno o de varios elementos superiores se cuenta como una sola falta, cualquiera que sea el número y la posición de los elementos derribados. El derribo de arbustos, setos, etc., utilizados como material de relleno, no conlleva penalidad alguna.

3. Las penalizaciones por obstáculo derribado son las previstas en los baremos A y C.

4. Si un elemento cualquiera de un obstáculo que ha sido derribado queda de tal forma que impide al participante saltar otro obstáculo, se tocará la campana y se detendrá el cronómetro hasta que este elemento haya sido retirado y se haya restablecido el paso.

5. Si un participante salta correctamente un obstáculo mal reconstruido no incurre en penalización, pero si derriba este obstáculo será penalizado de acuerdo con el baremo que se utilice en la prueba.

desobediencia

Se consideran desobediencias y están penalizadas como tales:

  • El rehuse
  • La escapada
  • La defensa

No obstante lo anterior, no se considera desobediencia:

  • El círculo más o menos regular o serie de círculos ejecutados en cualquier parte de la pista y por cualquier razón.
  • Efectuar círculos durante un tiempo máximo de 45 segundos después de una escapada o un rehúse (no importa que el obstáculo haya sido reconstruido o no) y volver a colocarse para atacar el obstáculo.
  • Efectuar un círculo alrededor del último obstáculo saltado o del próximo a saltar.

El Rehuse:

1. Hay rehuse cuando el caballo se para delante de un obstáculo que debe saltar, lo haya o no derribado o desplazado.

2. No se penaliza la parada delante de un obstáculo o de un paso obligado, sin derribo y sin retroceso, seguido inmediatamente del salto a pie firme.

3. Se cuenta un rehuse si la detención se prolonga o si el caballo, voluntariamente o no, retrocede aunque sea sólo un paso.

4. Si el caballo se desliza a través de un obstáculo, el Juez a cargo de la campana deberá decidir inmediatamente si hay rehuse o derribo del obstáculo. Si opta por un rehuse se toca la campana y el participante deberá estar dispuesto para reiniciar el recorrido tan pronto esté reconstruido el obstáculo.

  • Si el Juez decide que no hay rehuse no se toca la campana y el participante debe continuar su recorrido. Se le penaliza por un obstáculo derribado.
  • Cuando se ha tocado la campana y el participante salta otro elemento de la combinación debido a la velocidad que traía, no es motivo de eliminación y si derriba este elemento no incurre en penalización.

5. Si un participante es incapaz de saltar el elemento subsiguiente en una combinación, a causa de una caída en el elemento precedente, con o sin derribo o desplazamiento, se le penaliza por la caída pero no por el rehuse.

La Escapada:

1. Hay escapada cuando el caballo se va del control del jinete y evita el obstáculo que tiene que saltar o el paso obligado que tiene que pasar.

2. Cuando un caballo salta un obstáculo entre dos banderas rojas o dos blancas, este obstáculo no ha sido saltado correctamente. El participante es penalizado por una escapada y debe saltar correctamente otra vez dicho obstáculo.

3. Si la escapada es consecuencia de una caída entre dos elementos de una combinación después de saltar el elemento precedente, no se penaliza la escapada.

La Defensa:

1. Hay defensa cuando el caballo rehúsa seguir adelante, hace una parada por no importa que causa, da una o varias medias vueltas más o menos regulares o completas, se encabrita o retrocede por cualquier razón que sea.

2. Hay igualmente defensa cuando el jinete detiene su caballo en cualquier momento y por cualquier razón, salvo en el caso de un obstáculo mal reconstruido o para indicar al Jurado un suceso imprevisto. Una defensa se penaliza como un rehuse salvo en el caso de tardar más de 45 segundos en saltar el primer obstáculo después que el tiempo del recorrido haya empezado.

Error de Recorrido

1. Hay Error de Recorrido cuando el participante:

  • No efectúa el recorrido conforme el gráfico fijado.
  • No cruza la línea de salida o la de llegada entre las banderas en la correcta dirección.
  • Omite los pasos obligados
  • No salta los obstáculos en el orden o en el sentido indicado, excepto en algunas pruebas especiales
  • Salta o intenta saltar un obstáculo que no forma parte del recorrido u olvida saltar un obstáculo. Los obstáculos que no formen parte del recorrido deberán señalizarse, pero si esto no se hiciera por el equipo de pista, no impedirá la eliminación del participante si salta uno de estos obstáculos.

2. No se considera como error de recorrido y, en consecuencia, no se penaliza:
Cuando un caballo o parte del mismo sobrepasa la prolongación del obstáculo a saltar o un paso obligado o la línea de llegada y, a continuación, lo hace en el sentido correcto.

3. Un error de recorrido no rectificado entraña la eliminación.

Caída del caballo y/o del jinete

1. Hay caída del jinete sin caída del caballo cuando hay separación de cuerpos, voluntaria o involuntariamente, entre el caballo y el jinete y éste último ha tocado el suelo, o si necesita recurrir a un apoyo o ayuda exterior, de cualquier naturaleza que sea, para volver a la silla. Si no está claro que el jinete ha recurrido a un apoyo o ayuda exterior para evitar su caída se deberá conceder el beneficio de la duda.

2. Se considera que el caballo ha caído cuando la espalda y la cadera han tocado el suelo o el obstáculo y el suelo.

3. Los apartados siguientes se aplicarán únicamente en Copa de Naciones, en Pruebas Individuales y por Equipos en Campeonatos y Juegos:

  • Cuando el jinete cae, derribando el obstáculo o rehusando saltarlo, o como consecuencia de cualquier otra desobediencia, las penalizaciones por esta circunstancia se suman.
  • Si un caballo en libertad cae, salta un obstáculo, pasa una bandera por el lado equivocado o cruza la línea de salida o la de llegada no se le aplica ninguna penalización, salvo en el caso de que el caballo saliese de una combinación cerrada, ya que en ese caso el jinete sería eliminado.

Ayuda Oficiosa Prohibida

1. Toda intervención física de un tercero, solicitada o no, hecha con objeto de facilitar la tarea del participante o ayudar a su caballo entre la línea de salida y la de llegada después de haber saltado el último obstáculo, constituye una ayuda oficiosa prohibida.

2. En casos excepcionales, el Jurado de Campo puede autorizar a un jinete a entrar en la pista a pie o con ayuda de un mozo, sin que este hecho pueda considerarse como ayuda oficiosa prohibida.

3. Cualquier ayuda prestada a un jinete montado para reajustar su equipo de montar o las bridas o darle la fusta a caballo en el transcurso de un recorrido, acarrea la eliminación. El hecho de entregar a un participante su gorra y/o sus gafas durante el recorrido no se considera como ayuda prohibida.

4. Después de una caída o si el jinete ha desmontado voluntariamente por cualquier razón, toda ayuda prestada al mismo, como por ejemplo, traerle su caballo, ayudarle a reajustar su equipo o alcanzarle la fusta cuando está pie a tierra o ayudarle a montar no se considera ayuda.

Por Exceso de Tiempo Concedido o de Tiempo Límite

Ver el apartado de Tiempo y Velocidad

Texto extraído del Reglamento de Salto de la R.F.H.E.


Atrás

[ El Salto ] Los Obstáculos ] Acceso a Pistas ] Comportamiento en la Pista ] Pistas de Concurso ] [ Las Penalizaciones ] Baremos de Penalización ] Eliminaciones y Sanciones ] Tiempo y Velocidad ] Desempates ] Concursos y Pruebas ] Copa de Naciones ] Equiparse para la Competición ] Participación de Menores ]
***********
Los ponys ] Recoger y Sujetar el Poni ] El Cuidado y la Limpieza del Poni ] Equipar al Poni ] Proteger las Extremidades ] El Herraje ] Aprende Jugando ] Aprendiendo I ] Aprendiendo II ] Aprendiendo III ] Dar cuerda al Poni ] El Entrenamiento del Poni ] El salto ] La Doma Clásica ] Los Ponis en Competición ] Normativas y Titulaciones ] Equinoterapia o Terapia a Caballo ] Juegos a Caballo ] Las Excursiones ] Los Dichos ] Los Hechos ] Los Centros de Equitación ] Noticias ] Nuestros Maestros ] Protagonistas ] Razas ] Vocabulario ] Vocabulario Peculiar ]

Queda prohibida la reproducción y/o modificación total o parcial del contenido de estas páginas en cualquier medio, sin autorización previa del autor y por escrito.

Diseño y contenido de la página; © Poni Exprés 1999 - 2008